Son el compromiso que tienen las personas naturales o jurídicas respecto a las obligaciones tributarias que tienen con la Dian, representado en montos de pagos en impuestos. Estas varían según la situación financiera y el tipo de actividad económica del contribuyente.
Como lo menciona el artículo 29 de la resolución 000042 de 2020 y el anexo técnico de factura electrónica Las responsabilidades fiscales que se pueden asignar a un Tercero son los siguientes:
Código de Responsabilidad |
Responsabilidad |
Característica |
(O - 47) |
Régimen Simple de Tributación |
Fue creado para unificar impuestos y reducir tarifas tributarias a emprendedores, empresarios, comerciantes entre otros de acuerdo a su nivel de ingresos. |
13 |
Gran Contribuyente |
Aquellos que por su volumen de ingresos, patrimonio o total de recaudo reciben esta calificación mediante resolución 000105 de 2020 |
15 |
Autorretenedor |
Este aplica para aquellas personas jurídicas que hayan solicitado a la Dian tener esta responsabilidad |
23 |
Agente de Retención IVA |
Este tiene como obligación ser quien genere la retención en la fuente del impuesto sobre las ventas. |
R-99-PN |
No Responsable |
No cumple con alguna de las otras cuatro responsabilidades especificadas en el RUT. |
¿Cómo saber que responsabilidad fiscales colocar en un Tercero?
Para agregar esta información tributaria, es necesario solicitar el RUT al tercero que se está creando. Una vez que se cuente con el RUT, se debe localizar la sección de "Responsabilidades, Calidades y Atributos" y verificar si se encuentra alguno de los códigos mencionados anteriormente.
Ejemplo 1:
Para este caso, al revisar dentro del campo de responsabilidades se puede encontrar que se encuentra la responsabilidad 47 - Régimen simple de tributación.
Ejemplo 2:
Si ninguno de los códigos de responsabilidades fiscales se reflejan en el RUT, la respuesta es muy sencilla. Lo que indica esto que no tienes ninguna y para este caso, se aplicaría el código R-99-PN.