¿Qué son las cesantías?
Las cesantías son una prestación social que el empleador debe reconocer al trabajador como un ahorro obligatorio. En este artículo se explica qué son las cesantías, cuándo se pagan y quiénes tienen derecho a recibirlas.
En este artículo te hablaremos a cerca de:
¿Que son?
Las cesantías son una prestación social equivalente a un mes de salario por cada año trabajado, o proporcional al tiempo laborado.
Este valor debe ser consignado por el empleador en el fondo de cesantías elegido por el trabajador, para que pueda disponer de estos recursos en las situaciones permitidas por la normativa laboral.
Esta prestación está regulada por el Artículo 253 del Código Sustantivo del Trabajo.
Periodos de pago de las cesantías
Las cesantías se liquidan con corte al 31 de diciembre de cada año.
El empleador debe consignar este valor en el fondo de cesantías del trabajador a más tardar el 14 de febrero del año siguiente.
¿Por qué motivo se pueden retirar las cesantías?
Las cesantías pueden retirarse en los siguientes casos:
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Desempleo.
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Compra, mejora o construcción de vivienda.
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Pago de estudios del trabajador o de su familia.
¿A qué trabajadores se debe reconocer el auxilio de cesantías?
De acuerdo con el artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo, tienen derecho a esta prestación:
- Trabajadores del servicio doméstico (Ley 1788 de 2016).
- Choferes del servicio familiar.
- Trabajadores de fincas.
- Trabajadores por días.
Nota:
En general, el auxilio de Cesantías se reconoce a todos los trabajadores incluidos en el título III del Código Sustantivo del Trabajo.
¿A quienes NO se les reconoce el pago de las cesantías?
Existen algunos casos en los que esta prestación no aplica:
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Practicantes: no reciben auxilio de cesantías porque se vinculan mediante un contrato de aprendizaje.
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Empleados con salario integral: en estos casos, el auxilio de cesantías está incluido dentro del 30 % del factor prestacional del salario integral.
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Trabajadores independientes: quienes trabajan por contrato de prestación de servicios no tienen una relación laboral de subordinación con un empleador, por lo que no reciben esta prestación.
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