Para este tipo de exoneración la parte del pago exonerado del aporte en salud es aquel que le corresponde al empleador, el restante lo debe asumir el trabajador.
Quien aporta |
Porcentaje |
¿A quién corresponde la exoneración? |
Empleador. |
8.5% |
✔️ |
Trabajador. |
4% |
❌ |
La exoneración del aporte de salud aplica para personas naturales como para personas jurídicas pero con condiciones especificas como lo indica el artículo 114 - 1 del estatuto tributario
Condiciones para exoneración de aportes salud para Persona Jurídicas son:
☑️ Que sean declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios.
☑️ Los empleados a los que se les hace el aporte devenguen menos de 10 smmlv.Condiciones para exoneración de aportes salud Personas naturales:
☑️ Tener 2 o más empleados en el periodo del aporte.☑️ Que los empleados a los que se les hace el aporte devenguen menos de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes
¿Para quienes no aplica?
Esta exoneración no aplica cuando los trabajadores ganan más de 10 salarios mínimos.
Ejemplo:
Un trabajador que devenga un salario $18´000.000 no se beneficia de la exoneración, puesto que al superar el monto de los 10 smmlv para 2024, no está dentro de las excepciones.
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