En este artículo, exploraremos los cambios introducidos por el anexo técnico 1.9, los cuales entrarán en vigencia a partir del 1 de mayo de 2024.
Con la implementación del nuevo anexo técnico 1.9, se ha eliminado la posibilidad de utilizar la nota crédito tipo 22 (nota crédito a factura no referenciada) para anular la totalidad de una factura. Sin embargo, esta nota crédito aún puede ser utilizada en situaciones donde se requiere realizar ajustes a la factura original. Es importante destacar que, para todas las notas crédito sin referencia, es necesario incluir el período (mes) que está siendo afectado por el ajuste realizado.
Ejemplo:
En el escenario, donde se emitió una factura por $10,000,000 y posteriormente se identifica un error que requiere una corrección a través de una nota crédito, ya no sería posible utilizar una nota crédito tipo 22 (sin referencia) para anular la factura original en su totalidad.
En el otro escenario, donde se emitió una factura por $10,000,000 y luego se requiere realizar un ajuste de $5,000,000 debido a una devolución del cliente, sí se podría utilizar una nota crédito tipo 22 (sin referencia).
La nota crédito tipo 22 se utilizaría en este caso para reflejar el ajuste por devolución del cliente sin necesidad de hacer referencia a una factura específica. Esto se debe a que la nota crédito tipo 22 está diseñada para situaciones en las que no se necesita relacionar el ajuste con una factura particular, como en el caso de devoluciones o correcciones de montos no asociados a una factura específica.